El Reglamento de ejecución (UE) Nº. 2022/201 de la Comisión de 10 de diciembre de 2021 por el que se modifica el Reglamento (UE) Nº. 748/2012 en lo que respecta a los sistemas de gestión y los sistemas de notificación de sucesos que deben establecer las organizaciones de diseño DOA y producción POA, así como a los procedimientos aplicados por la Agencia, y se corrige dicho Reglamento, ha incorporado nuevos requisitos de cualificación en sistemas de gestión de la seguridad para el personal que integra la Organización y que será aplicables a partir del 7 de marzo de 2023.
El principal cambio introducido en el Reglamento, es la obligación de implantar un sistema de gestión de la seguridad (en adelante SMS) para las organizaciones de Diseño y Producción. El SMS exige, entre otras cosas, la implantación de procesos de identificación de peligros, gestión de riesgos y garantía de seguridad, así como la designación de un responsable de seguridad. Para apoyar los procesos del SMS, se han modificado varios requisitos de la organización, como la política de seguridad, la notificación interna de sucesos, la competencia del personal y la supervisión a través de un sistema de gestión de la producción (Subprte G) o del diseño (Suboarte J). La gestión del riesgo de seguridad y la supervisión del cumplimiento se consideran parte del sistema de gestión global de la organización.
La organización debe evaluar y preparar un plan de implementación de los cambios necesarios para cumplir con los requisitos de la sección A del Anexo I introducidos por el Reglamento (UE) 2022/201 en los apartados 21.A.139 y 21.A.239. AESA evaluará en la solicitud de modificación presentada por la organización de producción POA, mientras que EASA será quien evalúe la solicitud de modificaciones presentadas por la organización de Diseño DOA y la implementación de las medidas de esos cambios.
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